Se considera un jóven bajo la categoría de fuera de la escuela si cumple con las siguientes características:
- No estar asistiendo a la escuela
- Entre las edades de 16-24 años
- Cumple con una o más de las siguientes condiciones:
- Desertor escolar
- Un joven que esta en la edad de estar asistiendo, de forma compulsoria, a la escuela, pero no ha asistido en el último semestre del año programa escolar
- Que haya completado un diploma de cuarto año o su equivalente, que sea de bajos recursos económicos y con una de las siguientes barreras:
- Deficientes en destrezas básicas
- En proceso de aprender el idioma inglés
- Un individuo que este sujeto al sistema de justicia juvenil o de adultos
- Un individuo considerado deambulante; que haya escapado de su cosa; este en un hogar sustituto o este en edad de abandonar el hogar sustituto; un joven elegible para recibir asistencia bajo la Secc. 477 de la Ley de Seguro Social; o un individuo que es colocado constantemente en diferentes hogares sustitutos
- Una jóven que este embarazada o un joven que este criando menores
- Un jóven que es un individuo con discapacidades
- Individuo de bajos ingresos que requiera asistencia adicional para entrar y/o completar un programa educativo o para conseguir y retener un empleo