Se considera un jóven bajo la categoría de fuera de la escuela si cumple con las siguientes características:

  • No estar asistiendo a la escuela
  • Entre las edades de 16-24 años
  • Cumple con una o más de las siguientes condiciones:
    • Desertor escolar
    • Un joven que esta en la edad de estar asistiendo, de forma compulsoria, a la escuela, pero no ha asistido en el último semestre del año programa escolar
    • Que haya completado un diploma de cuarto año o su equivalente, que sea de bajos recursos económicos y con una de las siguientes barreras:
      • Deficientes en destrezas básicas
      • En proceso de aprender el idioma inglés
      • Un individuo que este sujeto al sistema de justicia juvenil o de adultos
      • Un individuo considerado deambulante; que haya escapado de su cosa; este en un hogar sustituto o este en edad de abandonar el hogar sustituto; un joven elegible para recibir asistencia bajo la Secc. 477 de la Ley de Seguro Social; o un individuo que es colocado constantemente en diferentes hogares sustitutos
      • Una jóven que este embarazada o un joven que este criando menores
      • Un jóven que es un individuo con discapacidades
      • Individuo de bajos ingresos que requiera asistencia adicional para entrar y/o completar un programa educativo o para conseguir y retener un empleo