La ARV es la agencia estatal encargada de administrar el programa de servicios de rehabilitación vocacional para personas con impedimentos que resulten elegibles a tenor con los criterios establecidos en la Ley Pública 93-112, según enmendada, conocida como Ley de Rehabilitación de 1973.

Los criterios de elegibilidad son:

  • Determinación por un profesional cualificado que el solicitante tiene un impedimento físico o mental
  • Determinación por un profesional cualificado de que el impedimento físico o mental del solicitante constituye o resulta en un impedimento substancial para empleo
  • Determinación por un CRV cualificado empleado de la ARV, que el solicitante requiere servicios de rehabilitación vocacional para prepararse, obtener o retener un empleo consistente con sus fortalezas, recursos, prioridades, habilidades, capacidades residuales funcionales y selección informada
  • Presunción de que el solicitante puede beneficiarse de los servicios de rehabilitación vocacional para obtener un empleo

Los servicios que puedes conseguir son los siguientes:

  • Consejería y orientación
  • Avaluación para determinar elegibilidad a los servicios
  • Identificación de necesidades para rehabilitación vocacional
  • Referidos a otras agencias
  • Actividades de transición orientadas al estudiante para encaminarse a tareas relacionadas a una meta de empleo o actividades post-secundarias (Ley Núm.51)
  • Subvención de: adiestramientos, ajuste personal y vocacional; técnico/vocacional y universitario
  • Asistencia en la búsqueda, colocación y retención de un empleo Servicios de acuerdo a las necesidades particulares del individuo entre otros